jueves, 14 de junio de 2018



Un juzgado determinó este miércoles dejar en libertad con fianza a los jueces sorprendidos bebiendo en oficinas públicas, Daniel Huaynoca y Tomás Condori, aunque con la condición de que no consuman bebidas alcohólicas mientras dure su proceso.

La resolución fue celebrada con gritos y aplausos por uan barra que estaba presente en tribunales para apoyar a los jueces.

Además de la prohibición de consumir bebidas alcohólicas y la fianza, la resolución judicial, leída en audiencia, señala que los jueces deben presentarse los lunes en la Fiscalía y cumplan arraigo.

La fianza para el juez Huaynoca se fijó en 10 mil bolivianos, mientras que para Condori es de 5 mil bolivianos.

La fiscal Ángela Miranda indicó que existen exámenes toxicológicos demuestran que el juez Huaynoca tenía grado alcohólico, aunque no así el resto de los imputados que lo acompañaban.

Los jueces fueron sorprendidos el pasado viernes consumiendo bebidas alcohólicas en oficinas judiciales, luego de haber emitido una sentencia favorable a Eduardo León para evitar su aprehensión.       

El Ministerio Público había solicitado la detención preventiva de las autoridades judiciales, sin embargo, el resultado fue la determinación de medidas sustitutivas.          

El abogado de los acusados, Raúl Ferreira, indicó que existe otro examen que niega el grado alcohólico, sin embargo, sostuvo que está conforme con las medidas sustitutivas.         

La jueza Claudia Castro, que denunció a sus colegas, criticó la decisión judicial de este miércoles, bajo el argumento de que la juez Melina Lima, que ofició la audiencia, es esposa del compañero de oficina de un abogados de los acusados. Afirmó que presentará una denuncia disciplinaria por este hecho.

 


Relación con la norma

Título V
Régimen disciplinario

Capítulo I
Responsabilidades y faltas

Artículo 37°.- (Responsabilidad)

  1. Todo funcionario judicial es responsable civil, penal y disciplinariamente por las acciones u omisiones que obstaculicen el normal desenvolvimiento de las actividades del Poder Judicial o atenten a la correcta y oportuna administración de justicia.
  2. El régimen de responsabilidad disciplinaria para Ministros de la Corte Suprema de Justicia, Magistrados del Tribunal Constitucional y Consejeros de la Judicatura, será establecido por Ley.
Fuente.

Leave a Reply

Se respeta la libertad de expresión, sin que afecte a otros derechos. Los comentarios agresivos serán moderados.

Subscribe to Posts | Subscribe to Comments

- Copyright © Apuntes de Derecho UMSA - Skyblue - Powered by Blogger - Designed by Johanes Djogan -