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Proyecto de ley castiga cambio de IMEI con 6 años de cárcel




El diputado Edgar Montaño (MAS) informó este martes que hay un acuerdo entre las operadores telefónicas,  autoridades  del Órgano Legislativo y Ejecutivo para impulsar el proyecto de ley corta que sanciona con 1 a 6 años de cárcel, a los técnicos que cambien el IMEI de los celulares robados o extraviados.

Explicó que el acuerdo implica diferenciar claramente que el cambio de la Identidad Internacional de Equipo Móvil (IMEI por sus siglas en inglés) es un delito porque es igual a cambiar el chasis de un automóvil y, por tanto, la sanción debe ajustarse a la normativa vigente.

Sin embargo el "flasheo" está libre de tipificación porque es considerado un servicio a la sociedad destinado a mejorar el sistema operativo y eliminar el virus del celular.

Montaño indicó que el robo con arma de fuego o con arma blanca, por parte de un delincuente,  sería sancionado con 30 años de presidio, pero aún este aspecto es consultado con asesores de la Cámara de Diputados donde se gesta el proyecto de ley corta.

Estimó que hasta el jueves será puesto en conocimiento de la presidencia de la Cámara  de Diputados para que sea tramitada de acuerdo al procedimiento legislativo y de esta manera sea sancionado el remarcado de celulares.

Indicó que por tercera vez el proyecto de ley fue socializado con las operadoras telefónicas Entel, Viva, Telecel, ATT, Comteco, Cotas, AXS, Viceministerio de Telecomunicaciones, Aduana Nacional, Impuestos Nacionales y el Comando General de la Policía Boliviana.

"Hemos determinado que será un aporte de todas las instituciones para crear seguridad ciudadana y evitar el robo de celulares y obviamente en el cambio del IMEI que viene desde fabricación", manifestó el diputado proyectista.

Señaló que su proyecto es diferente al Decreto Supremo 353 del 4 de noviembre de 2009, que establece mecanismos para el control de la comercialización y activación de celulares robados, hurtados y/o extraviados, como parte de las acciones de seguridad ciudadana a ser desarrolladas entre las instituciones públicas, privadas y la sociedad civil.

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SEDES anuncia auditoría médica por fallecimiento de embajadora




María Carballo /  La Paz

El director del Servicio Departamental de Salud (SEDES), Freddy Valle, anunció que se realizará una auditoría a los centros hospitalarios que presuntamente se negaron a atender a la embajadora de    El Salvador, Maddelin Brizuela, quien falleció el lunes. 

"Se va a hacer (una auditoría médica), se tiene que hacer. Vamos a solicitar eso, primero siempre con base al informe que nos puedan dar los directores de cada centro hospitalario privado, en este caso", anunció Valle al ser consultado  por los periodistas respecto a las acciones que asumirá el SEDES. 

El lunes, la ministra consejera de la embajada de El Salvador, Marta Vásquez,  denunció que siete clínicas, entre ellas Rengel, Alemana, Clínica del Sur y 6 de Agosto, negaron atención médica a la diplomática. Según su versión, la travesía comenzó el jueves a la medianoche y concluyó en la madrugada del viernes, cuando  finalmente se pudo internar en la clínica Unifranz, "en un estado muy delicado". 

Las clínicas aludidas por Vásquez dieron su versión. Patricia Callispieris, parte del directorio de la Clínica del Sur,  aseguró:  "Nadie llegó a la Clínica del Sur, ni en ambulancia  ni en auto particular. La paciente no llegó a emergencias, en ningún momento se negó la atención".

Agregó que tampoco se registró una llamada en la que se pida atención para la embajadora. Indicó, además,  que revisaron las cámaras y comprobaron que la diplomática  no llegó al lugar. 

Luis Kushner, gerente de la Clínica Alemana,  afirmó: "No tenemos registro de llamadas. Nos informan que no hay registro de llamadas de nadie preguntando por atención médica con el nombre de la embajadora". 

Cuando se le consultó sobre si hubo un pedido de atención para realizar una  tomografía, sostuvo: "Nosotros tenemos tomógrafo, pero en ningún momento nos han dicho queremos una tomografía. Nosotros tenemos instrucción de atender a todos los pacientes que lleguen...  No tenemos el registro de esa llamada, de esa solicitud de tomografía".

De la Clínica Rengel, Jackeline Méndez,  de administración,  expresó:  "La paciente no llegó a la clínica; en todo lo que yo he averiguado, nadie ha llamado".

Personal de recepción de la Clínica 6 de Agosto sostuvo  que la embajadora de El Salvador tampoco llegó a ese  centro  médico. "No tengo ese nombre registrado", afirmó.

El viceministro de Salud, Álvaro Terrazas,  se limitó a decir que "si la familia lo pide, se investigará el hecho". Agregó que aún no hubo tal solicitud   de los dolientes.

No hay denuncia en el SEDES 

Valle agregó que el reporte sobre el deceso de la funcionaria "está en reserva debido a las investigaciones". Además, aclaró que el SEDES tiene tuición sobre las clínicas privadas y públicas, aunque evitó opinar sobre el caso en particular.

"Primero veamos el caso, quien ha recepcionado (a la embajadora) y qué es lo que se ha   realizado",  debido a que "hacer un juicio de valor antes creo que no es bueno".

Asimismo,  el director del SEDES explicó que aún no llegó una denuncia oficial de la Embajada de El Salvador a su despacho. "Lastimosamente no tenemos una denuncia concreta sobre el caso de una extranjera, lo único que estamos haciendo es recabar información a todas las clínicas que han acudido a recibir atención médica", afirmó.

 

Supuesta negligencia médica

Mónica Pacheco, quien ayer por la mañana dijo ser integrante del departamento de asistencia jurídica de la Embajada de El Salvador,  denunció que hubo negligencia médica.

"Hemos dado información a nuestro Gobierno porque lastimosamente al inicio de su crisis sufrimos por varias situaciones de negligencia médica por parte del equipo y personal de varias clínicas y hospitales que en su momento no pudieron atenderla, no quisieron abrir las puertas", dijo  Pacheco,  después de las exequias realizadas en homenaje a Brizuela en Cancillería.

Expresó que inicialmente Brizuela fue atendida en su residencia por su médico particular y éste les dijo que necesitaba atención especializada, por lo que decidieron  trasladarla a un  hospital, donde se la atendió, pero como no tenían los equipos necesarios, se empezó  la travesía con la embajadora ya inconsciente. 

 Por ello, Pacheco anunció que la embajada prepara un informe "verbal y escrito" para luego definir las acciones a seguir. "Hay un informe telefónico, registro de llamadas que vamos a solicitar para que quede un precedente de una forma comprobante, de que sí hicieron las llamadas, sí se hizo la presión por parte de nosotros para que fuera atendida y el testimonio de la embajada de lo que fue personalmente que estuvieron tocando las puertas de los centros hospitalarios", dijo.

Sin embargo, ayer en  la noche, según El Deber, la Embajada de El Salvador aseguró que Pacheco no es funcionaria de esta instancia y que "hay gente que quiere utilizar esto para fines que no son los nuestros".

 Los recuerdos de la familia y amigos

La hermana de la embajadora Maddelin Brizuela, Yesica, la recuerda como una mujer alegre y humilde. "No tengo el don de mi hermana de hablar y reír y reír, pero su luz estará siempre en nuestros corazones", dijo. 

 Por otro lado, el consejero de la embajada de Argentina, Javier Daveggio,  expresó: "Siento que perdimos a una persona difícil de reemplazar, era una mujer con una enorme capacidad de transformación".

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Médico enjuiciado retiene el diagnóstico de denunciante



El médico Aldo Q., cabecilla de la red de tráfico de pacientes, enfrenta un proceso penal y se encuentra detenido preventivamente en el penal de San Pedro, pero no entregó hasta ahora el informe médico de   la primera víctima que denunció en su contra. La denunciante presenta deterioro en su salud por cáncer, informó la abogada Virginia Salgado.

  "Estamos a la espera del informe médico del doctor Aldo Q., a quien le solicitamos  por requerimiento fiscal nos pueda entregar el documento para que mi cliente T. S. pueda continuar con su tratamiento, ya que se encuentra en estado delicado de salud", informó la jurista.

El galeno se encuentra detenido preventivamente en el centro de reclusión de San Pedro después de que la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) hizo una intervención a  las unidades de radioterapia del Hospital de Clínicas y del Obrero, este último  dependiente de la Caja Nacional de Salud (CNS), el 22 de mayo. 

En ambos operativos se arrestó a 12 funcionarios, entre técnicos radiólogos, físicos médicos, administrativos y un médico. De ellos, 11 fueron detenidos y cinco son del Hospital de Clínicas.

El galeno fue imputado por la Fiscalía por los  delitos de incumplimiento de deberes, uso indebido de bienes públicos, delitos contra la salud pública y uso indebido de influencias.

La abogada Salgado indicó que la solicitud del historial médico se realizó en  noviembre de la gestión pasada y que  durante el proceso que se instauró al galeno se le pidió en reiteradas oportunidades, lo que perjudica a su cliente para continuar su tratamiento contra el cáncer. 

 Salgado indicó que su cliente sumó dos acusaciones más a la querella instaurada contra el galeno. "Nos hemos querellado por lesiones gravísimas, ya que la situación de la señora T. S. quedó deteriorada con el tratamiento que le hizo el médico Aldo Q., quien no siguió los protocolos internacionales de atención hacia las personas con cáncer. Además nos querellamos por estafa, porque el doctor le pidió montos económicos altos", dijo.

T. S. es la primera víctima que denunció en abril al médico y  destapó los hechos de corrupción y tráfico de pacientes del Hospital de Clínicas al Obrero.

La afectada llegó a La Paz de Yungas el año pasado y por una recomendación acudió al consultorio privado del médico Aldo Q. en   Miraflores, quien le ofreció realizar radioterapia con un costo de 12.000 bolivianos, a lo que la víctima aceptó ante las dolencias de su enfermedad. 

La víctima  canceló 8.000 bolivianos y al percatarse de las irregularidades del tratamiento en el hospital público ya no le dio el saldo y exigió al médico que le entregue su historia clínica, a lo que el galeno se rehusó. 

Ante   otras denuncias de víctimas contra ese médico, la FELCC hizo la intervención.

El galeno enfrenta tres denuncias, del Hospital Obrero, por el cual está encarcelado, del Hospital de Clínicas y de la  víctima T.

S. Se  espera que las tres querellas se unan, dijo la abogada.

El jefe de la División Corrupción Pública de la FELCC,  Luis Fernando Guarachi, indicó que se pedirá al Ministerio Público que autorice la fusión del proceso del Hospital Obrero y del Hospital de Clínicas con el objetivo de realizar una  sola investigación contra el galeno.

"Es un análisis que  está realizando  el Ministerio  Público, no se ha tomado la declaración informativa al doctor Aldo Q., que se encuentra detenido en el penal de San Pedro. Estamos viendo la posibilidad de tomarle primero la declaración y posteriormente anexar el caso, de lo contrario analizaremos las declaraciones de los testigos que se han presentado, luego anexaremos de inmediato al otro caso, para que se pueda llevar la investigación con un solo camino", dijo Guarachi.

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¿LEY CONTRA LA NEGLIGENCIA MÉDICA?




por Dr. René García Ángelo 

La llamada ley contra la negligencia médica que se baraja en estamentos de los altos dignatarios del congreso, conlleva a realizar una serie de análisis desde diferentes puntos de vista. Este es el mío, un médico especialista con 14 años de estudios superiores dentro y fuera del país y entrenamiento en países como son México y Canadá, además de 10 años de experiencia en el campo médico de nuestro país.

Elaborar una ley que castiga un concepto muy subjetivo como es la negligencia, cuyos resultados no siempre dependen de un solo actor, sino de un grupo de personas, instituciones, equipamiento, instrumental, tiempos, etc. Con estos conceptos me refiero a que por ejemplo, en la vida diaria ocurren con frecuencia los accidentes de tránsito, en la que existen personas lesionadas por causas cinéticas del propio accidente. En la medicina lo llamamos Traumatismo Encefálico Craneal (TEC), el cual conlleva varios grados de lesiones cerebrales (encéfalo) y craneales (óseo), cuyo pronóstico (cómo le irá al paciente) depende de muchos factores: depende del grado de lesión, depende de la rapidez con que es rescatado y trasladado a un centro de salud adecuado para atender dicha patología (no todos los centros de salud están equipados para dar atención a este tipo de pacientes), y depende de la respuesta del hospital de tercer nivel para dar atención a este paciente hipotético. Si la cinética del accidente de tránsito fue grave, en cualquier parte del mundo (país desarrollado vs subdesarrollado) hágase lo que se haga, el paciente fallecerá en el momento del accidente o durante su traslado al hospital, más aún en nuestro medio donde no contamos con un sistema de comunicación y transporte de pacientes a la altura de este tipo de pacientes, no se cuenta con un sistema de comunicación rápido y eficiente, no se cuenta con un sistema de transporte como son helicópteros-ambulancias, ambulancias con equipamiento de Unidad de Terapia Intensiva ambulatoria y personal médico en las ambulancias con entrenamiento de este nivel de medicina, que lleguen al lugar de los hechos en el menor tiempo posible, porque de ello depende su pronóstico.

Lo común en nuestro medio es que si existe un accidente de tránsito, el paciente es transportado en lo que se pueda y en las peores condiciones, recuerdo por ejemplo que con mucha frecuencia los pacientes son llevados al hospital cargados en aguayos o frazadas, sin soluciones intravenosas, sin apoyo de oxigenación, indispensables en muchos casos para evitar periodos de hipotensión arterial u oxigenación cerebral del paciente y que tiene repercusión hemodinámica sistémica y cerebral.

Cuando una persona con TEC sufre hipotensión arterial temprana y tardía en la fase pre-hospitalaria, únicamente por el factor de hipotensión arterial la posibilidad de quedar en estado vegetativo es de aproximadamente 70 %, al margen del tipo de asistencia médica que reciba posteriormente. Los choferes de la mayoría de las ambulancias particulares de nuestro medio que transportan a los pacientes, en algunos centros médicos privados que incluye los de prestigio, reciben alrededor de 200 Bs. por cada paciente, por tanto el conductor (y no así el médico de ambulancia como en otros países) decide a que centro de salud lleva al paciente (es obvia la respuesta).

Si analizamos los clínicas particulares, la mayoría no tiene un Tomógrafo, esencial en el paciente con TEC grave para determinar una conducta médica inmediata a seguir; entonces el paciente deberá ser trasladado a otro centro o gabinete para la realización de este estudio. La mayoría de los centros privados, por no decir todos, no cuentan con un especialista de permanencia de 24 hrs., por tanto cuando el paciente llega a dicho centro se llama vía telefónica a un especialista y ya uno deberá analizar el tiempo en que llegará dicho especialista. Muchas veces ocurre que dicho especialista esta en otro hospital cumpliendo su horario de trabajo y se trasladara al centro particular una vez que se desocupe. Son tiempos cruciales que se pierden durante el traslado a otro centro para la tomografía y el tiempo de espera del especialista que deberán ser analizadas por las autoridades.

Después de pasar por tantos obstáculos, finalmente el paciente llega al hospital de tercer nivel de Cochabamba donde es asistido inmediatamente por personal entrenado, sin embargo resulta que este hospital de Cochabamba no cuenta con un tomógrafo!, estudio esencial en el paciente con trauma encéfalo craneal grave. Lo que se hace es solicitar a los familiares que deberán ir a un gabinete fuera del hospital para cancelar el estudio y retornar al hospital con la factura en la mano y recién el paciente es trasladado al estudio, y qué ocurrirá en los casos en las que no hay familiares del paciente?, porque no siempre están en el lugar del accidente, o que ocurrirá en casos en que el paciente no tenga familiares?, deberá esperarse hasta encontrar alguna opción. Mientras se espera pasan minutos, horas, e incluso días en algunos casos, y uno se pregunta nuevamente: y el pronóstico del paciente? En muchos casos el paciente tiene TEC Grave cuyo pronóstico depende  de la rapidez del manejo en una Unidad de Terapia Intensiva, y resulta que la mayor parte del tiempo el hospital de 3er. nivel no tiene espacio físico, no tiene camas libres para el paciente que llega. En dicha situación el paciente o los familiares deberán buscar por su cuenta otro centro de 3er. nivel, público o privado, y resulta que en Cochabamba solo existe un hospital de 3er. nivel que es de referencia departamental y en muchas ocasiones nacional, porque acuden pacientes de las provincias de Cochabamba y de otros departamentos como Beni, Pando, Potosí, etc.! Si el paciente logra conseguir otro centro, este será privado y nuevamente y nuevamente retornamos al análisis de las clínicas privadas, donde no hay tomógrafo, no hay especialistas de permanencia completa, etc.

Por si fuera poco, en algunas especialidades cruciales,  el hospital de 3er. nivel no tiene especialistas a permanencia y acuden a llamado. Este centro de referencia departamental, también carece de instrumental quirúrgico completo para cirugía craneal, o los existentes son equipos obsoletos que se adquirieron hace mas de 20 o 30 años, en los que no se realizó mantenimiento adecuado; sierras sin filo que mas que cortar desgarran los tejidos, causa frecuente de complicaciones quirúrgicas, craneotomos (instrumental con que se realiza la craneotomía en un tiempo 10 veces menor que con sierras) que se consiguieron gracias a la actitud quijotesca de colegas especialistas mediante donación de otros países donde realizaron su entrenamiento, por que el gobierno en su turno, y ahora la alcaldía y la gobernación nunca tienen presupuesto para dotar de este tipo de instrumental que debe ser traído de otros países con un alto costo económico, sin embargo cruciales para obtener mejores resultados en las cirugías de los pacientes; los craneotomos que llegaron por donación dejaron de funcionar hace 2 o 3 años, porque nadie tiene capacidad para repararlos y no se obtienen otros para reemplazar.

El cirujano realiza la operación como puede y con lo que puede, algunas veces llevando su propio instrumental para obtener mejores resultados y menos complicaciones del paciente, y que no es recompensado de ninguna forma. Y mientras tanto? el pronóstico del paciente?. Con tantos factores previos de mal pronóstico, un paciente con TEC grave casi condenado al fallecimiento, que posibilidades tiene de sobrevivir a una operación cerebral y craneal que es altamente compleja, porque el cerebro es un órgano de alta complejidad, cuyos daños dejan secuelas irreversibles (irreparables) en la mayoría de los casos. Resulta que al final de esta cadena participa el cirujano con una intervención quirúrgica (quien recibe una remuneración de 5.000 Bs. al mes por dicho trabajo, después de invertir 14 años de tiempo y economía en su entrenamiento) con muchos factores de mal pronóstico sistémicos descritos previamente, con instrumental y equipamiento deficiente y obsoleto. Si el resultado final es el fallecimiento del paciente y la nueva ley considera que la responsabilidad es del cirujano, sancionará con una pena de prisión y reposición económica de un monto único de $US 135.000 y la indemnización a los familiares afectados de por vida.

Si esto se hace realidad señores dignatarios del congreso y población boliviana en general, tengan certeza que muchos médicos especialistas dejaran de hacer medicina especializada, será más fácil dedicarse a cualquier otra actividad económica para subsistir como abrir una tienda, una ferretería, sin correr riesgos o finalmente muchos especialistas regresarán a los países donde fueron entrenados para seguir asistiendo a los enfermos. Y cuando nuestros hijos enfermen, nuestros padres enfermen, nuestros esposas o esposos enfermen, o cuando alguna persona enferme y se llame al teléfono de un buen especialista, se recibirán respuestas como "ya no trabaja como médico", "se fue a trabajar a otro país", quien curará a nuestros niños, quien curará a nuestros ancianos, quién curará a nuestra gente!

Simplemente muchos fallecerán por falta de asistencia médica especializada. Por tanto la nueva ley contra la negligencia médica mejorará la atención en la salud? Mejorarán los resultados de nuestros enfermos? O va en contra de nuestra población boliviana enferma? No será que primeramente las autorizadas deberán analizar el sistema de salud metódica y con objetividad para identificar las falencias y debilidades del sistema para dar solución a los mismos, como la falta de un sistema de rescate y transporte a los centros de salud, la falta de equipamiento con tomógrafos y resonancia magnética, la falta de instrumental quirúrgico acorde a los tiempos modernos en que se encuentra la medicina mundial, la re-organización de los centros de salud en coordinación con centros privados, para que los especialistas existentes en el medio sean distribuidos adecuadamente, de manera tal que no existan especialistas que trabajan al mismo tiempo en un hospital público, en una caja de salud, y en la mayoría de las clínicas privadas, es decir hacer una reingeniería del sistema de salud para luego, después de dopar y equipar a dichos centros, analizar sanciones como el caso de la negligencia médica?

Población boliviana, dejó a su criterio el análisis de este complejo tema como es la salud de nuestra querida Bolivia.

El autor es médico neurocirujano y docente universitario

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Miércoles, 25 Junio, 2014 - 18:27

CON PINZAS Y CON BISTURI



por
Victor Hugo Maidana Alcoba

Miércoles, 23 Julio, 2014 - 22:57


La ley de "negligencia médica" es una norma necesaria, de repente urgente, porque de lo que se trata es de proteger la calidad de los servicios médicos y el prestigio de los médicos, como también del personal que trabaja en la delicada misión de cuidar por la salud de las personas.

El tratamiento de esta norma es delicado y sensible, entonces es menester el uso adecuado de técnicas jurídicas que permitan un acercamiento a una  correcta  aplicación de los derechos y las obligaciones en forma proporcionada, para unos y para otros.

En este tipo de casos lo recomendable es el uso de métodos jurídicos adecuados para hacer una norma sustentable teórica-doctrinal en derecho,  y sostenible en su aplicación procesal, como respuestas objetivas a las necesidades circunstanciales de una realidad emergente.

Al respecto considero que la ruta para la construcción de normas que señala la  Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, es la más adecuada, por lo cual la lógica con la que se debe operar, debe estar orientada en sus disposiciones.

La Carta Magna en su artículo 39,  in fine, es decir en su integridad, señala lo siguiente; I. "El estado Garantizará  el servicio de salud público y reconoce el servicio de salud privado; regulara y vigilará la atención de  calidad a través de auditorías medicas  sostenibles que evalúen el trabajo de su personal, infraestructura y el equipamiento de acuerdo con la ley.

II. La ley sancionará las acciones u omisiones negligentes en el ejercicio de  la medicina.

Haciendo un ejercicio básico de interpretación de la Carta Magna, se puede ver  dos escenarios esenciales. Uno que corresponde a la parte organizativa  con  la amplia participación del estado como organismo rector del sistema de salud y dos,  es  la parte sancionativa o estrictamente procesa.

La parte organizativa tiene que ver básicamente con el control de los servicios de salud públicos y privados, por medio de las auditorías médicas  como obligación del estado.

Al margen del equipamiento y la infraestructura de los centros de salud como parte de este trabajo del estado, es importante subrayar el acápite relativo  a   las auditorias médicas porque de esta acción depende el juzgamiento de la negligencia médica, por lo cual se constituye en una especie de garantía para el debido proceso.

Las auditorias médicas tienen un carácter previo al juzgamiento, son obligatorias, no se podrían hacer juzgamientos sin el cumplimiento de este requisito. La constitución al respecto es sabia.

En la práctica la parte organizativa, el estado asume también responsabilidades esenciales, que por cierto no son pocos por lo visto, es posible que no sean suficientes un par de direcciones en el Ministerio de Salud para cubrir adecuadamente las competencias constitucionalmente dispuestas, por ahí se debería pensar un vice ministerio altamente técnico-científico, para hacer las evaluaciones integrales y sobre todo para la realización de las auditorias médicas.

Entonces la ley  como tal que, tendría que ser integral, que parta de las definiciones jurídicos conceptuales, diferenciado claramente las instituciones de derecho adecuadas, para evitar colisiones con las disposiciones del derecho penal y llegue a cubrir las necesidades para las cuales fue concebida.

La negligencia médica no puede estar tipificada como delito, por lo menos desde mi punto de vista, ya que el trabajo de los médicos y del personal de los servicios de salud no presenta elementos cercanos al animus criminoso, es decir, al ánimo premeditado de hacer daño.

Los médicos y el personal de salud, son profesionales científico técnicos, que han jurado profesionalmente salvar vidas y no apagarlas, salvo que aparezca por ahí alguien a quien se le cruzaron los cables,  ahí está el justificativo principal por el cual es necesario definir los conceptos jurídicos sobre la tipificación de las conductas incorporadas a las normas legales.

Es necesario hacer esta ley sobre la negligencia médica, para frenar la injusticia para unos y para otros, si no se lo hace pronto, esta situación desigual podría perjudicar a unos y favorecer a otros, sobre todo a los pescadores que buscan ganancias en rio revuelto, llevando a los tribunales a título de negligencia médica cualquier  acción que pase dentro de los nosocomios, sin auditoria medica de por medio.

No cabe duda que hacer leyes no es tarea fácil. En este caso en particular, la parte organizativa y la del juzgamiento deben ser trabajadas en paralelo al mismo tiempo. Por separado, es posible que no se la pueda concluir y menos aplicar.

Crear leyes es reglamentar las conductas que están al libre albedrio, es buscar justicia, dando a cada quien lo que le corresponde en sus disposiciones. Es tratar de ingresar al espíritu de las leyes, encontrar el ánimo del legislador, para asignar  derechos y obligaciones a médicos y enfermos, enfermos y médicos.

Por lo delicado del tema, no cabe duda que la ley contra la negligencia médica, o mala praxis médica, es una regla jurídica para ser tratada con pinzas y con bisturí.

GRACIAS Y HASTA LA PROXIMA CUANDO VOLVAMOS A HABLAR JUSTO Y CABAL NI MÁS NI MENOS. 

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La mala práctica médica



| 12/10/2017

Nullum crimen nulla pena sine praevia lege poenali, expresión latina que significa: ningún hecho puede considerarse  delictivo si no está definido con tal carácter por una ley anterior a su perpetración, ni ser sancionado con otra pena que la previamente conminada para el efecto por dicha ley;  es el principal principio de legalidad; entonces, no parece consecuente que los médicos no acepten que la mala praxis está inmersa en la tipología de ilícitos en el Código Penal.

La mala praxis médica es la práctica impropia (no adecuada ni idónea), consecuentemente punible, ejercida por un médico general, cirujano o  especialista, siendo notorio que  este ilícito no dispone de un tratamiento jurídico que lo individualice, por lo que se integra a la responsabilidad médica. Lo expresado contradice cardinalmente a la lex Artis y al juramento Hipocrático que establece la aplicación de todos los conocimientos científicos y técnicos-electrónicos  en el arte de la medicina. La ley  Artis ostenta la dinámica  de modificarse progresivamente en relación a la evolución de los factores  nombrados (científicos y técnicos-electrónicos). En la mala praxis están implícitas las incriminaciones por negligencia, impericia e imprudencia.

La población sufre repetidas malas prácticas en las operaciones  quirúrgicas (mayormente en las estéticas) realizadas por médicos, seudomédicos y diletantes, presuntamente  causadas por impericia, escaso conocimiento  e imprevisión en los análisis para evitar las eventualidades biológicas del organismo y las contingencias sobrevinientes por la invasión quirúrgica. Todo ello es consecuencia  del contrato médico que puede derivar en graves discrepancias que decantan en los tribunales de justicia ordinaria, instancia excesivamente dilatoria y onerosa, que conduce  a la crispación de los litigantes que anhelan impartición de justicia imparcial y la reparación  en casos de muerte  e incapacidades de distinto grado o la exoneración de responsabilidades.

El tratamiento judicial asignado a estas difíciles controversias es subjetivo debido a que los fiscales y jueces no están preparados adecuadamente para averiguar las reales causas de estas constantes malas prácticas y encontrar la verdad en la profundidad del conocimiento. Si ambas partes  no concilian a través de una transacción con carácter de cosa juzgada, estos procesos duran mucho y con pronóstico incierto por la innegable acción tenebrosa de  la corrupción, causando considerables erogaciones al demandante y pérdida virtual de prestigio del médico.

Hoy, con la creación del Instituto de Conciliación y Arbitraje, se erige  un medio  alternativo y jurisdiccional de solución de estos conflictos cuya sentencia debe emitirse en un tiempo no mayor a los 180 días o menos, además de conocer previamente el coste del proceso arbitral por las partes, suma que no se modificara  una vez establecida, obligando a los jueces arbitrales a emitir su sentencia en el tiempo precitado como plazo fatal, salvo una postergación justificada y contemplada en la ley.

Esta realidad es inequívocamente  convincente  a los litigantes que se someten  a una sola instancia en el proceso ante un  tribunal especializado en el tema, exento de corrupción y apartado de la influencia de las partes.

El Instituto  Médico de Conciliación y Arbitraje  es la solución más justa y adecuada  para   estos casos de mala práctica  médica, tanto por intervenciones quirúrgicas, diagnóstico y análisis no consumados previa la operación. Los miembros de Tribunal Arbitral serán especialistas en la materia para tratar el complejo  ámbito de la preservación de la vida en forma integral y  sin incapacidades subyacentes.

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Aprehenden a cinco de siete taxistas acusados de violar a una adolescente



La Policía informó que está en proceso de investigación una denuncia de violación a una menor de 13 años de edad en el municipio de Quillacollo, donde hasta el momento se logró identificar a siete taxistas como los probables autores del hecho.

El director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc), Jhonny Corrales, dijo que la denuncia fue presentada el 20 de mayo y desde entonces se mantuvo las investigaciones.

"En esa oportunidad, la madre de la menor de 13 años denunció de que su hija habría sido llevada con engaños y por la fuerza hasta un motel de esa localidad y en el lugar procedieron a violarla", afirmó el jefe policial, según un reporte de ATB.

Sin embargo, realizada las investigaciones se descubrió que no fue la primera vez que la menor sufrió este tipo de vejámenes.

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