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Capturan a 32 por delinquir el fin de semana de Gran Poder



La Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de La Paz informó que durante el fin de semana de la festividad del Gran Poder se logró la captura de 32 personas, acusadas de cometer diferentes delitos.

El coronel Johnny Aguilera informó que el sábado, día de la entrada, se aprehendió a 12 personas por delitos contra la propiedad (robos) y atender contra la integridad de las personas.

El domingo, según el jefe policial, se capturó a 20 personas (10 mujeres y 10 varones) acusados de cometer la sustracción de bienes mediante la violencia o el dopaje de sus víctimas.

Aguilera precisó que tres de los detenidos tenían en su poder pastillas que usarían para dopar a personas con quienes consuman bebidas alcohólicas, con el objetivo de facilitar el robo.

Señaló que dos de los detenidos intentaron sobornar a los policías que los detuvieron, ofreciéndoles los objetos que habían robado como pago a cambio de dejarlos en libertad.

Indicó que entre los detenidos hay seis menores de edad, y que el resto tiene entre 22 y 49 años.

Además, señaló que se sorprendió a un "Alberto" (personas que compra productos robados), con dos mil bolivianos de "dinero caliente" para adquirir los objetos ilícitos.

El coronel Aguilera explicó que usualmente hay mayores índices delictivos el día posterior a la entrada, porque en la misma se controla la bebida a los danzarines, pero las reglas son más flexibles para los acontecimientos del domingo.

Fuente.

Código Penal de Bolivia
ARTICULO 172°.- (RECEPTACION).
El que después de haberse cometido un delito ayudare a alguien a asegurar el beneficio o resultado del mismo o recibiere, ocultare, vendiere o comprare a sabiendas los instrumentos que sirvieron para cometer el delito o las cosas obtenidas por medios criminosos, será sancionado con reclusión de seis meses a dos años.

Quedará exento de pena el que encubriere a sus ascendientes, descendientes o consorte.

Médico captaba a víctimas desde consultorio privado





Verónica Zapana  / La Paz

El fiscal departamental de La Paz, Edwin Blanco, explicó  el modus operandi en este caso. Un médico captaba a los pacientes en su consultorio privado, hacía cobros de hasta 14.000 bolivianos por tratamientos de radioterapia y los derivaba a hospitales públicos. Hay 11 implicados en el caso  y son imputados por cuatro delitos. Hoy son sus medidas cautelares.

"El  modus operandi era que a través de un consultorio particular, el médico captaba gente que pagaba sumas cuantiosas entre 12.000 y 14.000 bolivianos por tratamientos contra el cáncer y esos montos eran pagados en el consultorio particular, pero lo llamativo era que los tratamientos eran procesados en los nosocomios públicos",  dijo  Blanco  y aseguró  que esa teoría está respaldada por declaraciones de los mismos imputados.

Aseguró que si bien los casos son similares, son completamente distintos desde todo punto de vista. "Técnica y jurídicamente es viable tener los casos separados, porque no hay conexión entre ambos casos".

El martes, la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) realizó una intervención en el Hospital de Clínicas y en el Hospital Obrero, perteneciente a la Caja Nacional de Salud (CNS). En ambos operativos se arrestó a 12 funcionarios, entre  técnicos radiólogos, físicos médicos,   administrativos y un médico. De ellos, 11 fueron aprehendidos.

Blanco aseguró que el miércoles a las 22:00 concluyeron con sus declaraciones, por lo que se les imputó a seis personas que trabajaban en el Hospital Obrero, por los delitos de incumplimiento de deberes, uso indebido de bienes públicos, delitos contra la salud pública, y uso indebido de influencias. "Por eso se solicita la detención preventiva".

Los otros cinco que son del Hospital de Clínicas también fueron imputados por incumplimiento de deberes, uso indebido de bienes públicos, delitos contra la salud pública y uso indebido de influencias.

De acuerdo con el fiscal departamental, entre los detenidos, "está el principal sospechoso. "El médico de quien preferimos no dar su nombre, además de otros ocho técnicos radiólogos y dos administrativos", dijo.

Desde el 29 de abril, Página Siete informó que una paciente con cáncer denunció cobros irregulares de parte del radiooncólogo A. Q. por el tratamiento de radioterapia. Ella canceló en el  consultorio privado del galeno la suma de  8.000 bolivianos, pero hizo su  tratamiento en el Hospital de Clínicas, un nosocomio público. 

Días después, otros dos pacientes denunciaron tráfico de pacientes  del Hospital de Clínicas al hospital Obrero, contra el mismo doctor, ya que ese especialista trabajaba también en ese nosocomio.  Ambos pacientes también pagaron de forma particular al galeno, pero fueron atendidos en Radioterapia de ese hospital del seguro a corto plazo. 

Blanco aseguró  que es posible que haya más implicados, pero eso lo indicará la investigación. Detalló  que hay gente de esas unidades que está de vacaciones, pero de todos modos será convocada  a declarar.

Fuente.

Código Penal de Bolivia

ARTICULO 142°.- (PECULADO).
La servidora o el servidor público que aprovechando del cargo que desempeña se apropiare de dinero, valores o bienes de cuya administración, cobro o custodia se hallare encargado, será sancionado con privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años y multa de doscientos (200) a quinientos (500) días.

ARTICULO 224°.- (CONDUCTA ANTIECONOMICA).
El funcionario público o el que hallándose en el ejercicio de cargos directivos u otros de responsabilidad, en instituciones o empresas estatales, causare, por mala administración o dirección técnica, o por cualquier otra causa, daños al patrimonio de ellas o a los intereses del Estado, será sancionado con privación de libertad de uno a seis años.

Si actuare culposamente, la pena será de reclusión de tres meses a dos años.

Seguridad 7 de mayo de 2018 13:30 Capturan a abogada que ejercía con título falso e indagan caso similar en Obras Públicas

Efectivos policiales en un operativo conjunto con el Colegio de Abogados de La Paz aprehendieron este lunes a Teresa B. L., acusada de ejercer la abogacía con un título falso en la ciudad de El Alto. La Policía también investiga a un funcionario del Ministerio de Obras Públicas quien también ejercería la profesión con título falso. 

"Estamos haciendo una auditoría de la base de datos y dentro de eso hemos encontrado a una persona que ha estado ejerciendo la actividad profesional de abogado cuando recién estaba en la parte de la conclusión de la carrera universitaria de Derecho en una universidad privada", informó el presidente del Colegio de abogado de La Paz, Israel Centellas.

La acusada ejercía desde 2005 con un título y diploma supuestamente emitido por la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA). Autoridades de la UMSA certificaron que esos documentos eran falsos 

La supuesta abogada con título falso habría tramitado una credencial en el Colegio de Abogados para desempeñarse con normalidad en la abogacía.

Centellas dijo que descubrieron el caso mediante una auditoria y denunciaron el hecho ante la Policía para dar con la sindicada.

La mujer había iniciado estudios en la carrera de derecho en una universidad privada y este lunes tenía un acto de conclusión de estudios y ahí fue aprehendida por efectivos de la policía y conducida a celdas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de La Paz.

Los efectivos de la FELCC también investigan otro caso similar que implica a un funcionario del Ministerio de Obras Públicas quien ingresó a trabajar en 2012 a esa entidad, pero habría acreditando una profesión con título falso.

Fuente.

Según el Código Penal de Bolivia

ARTICULO 198°.- (FALSEDAD MATERIAL).
El que forjare en todo o en parte un documento público falso o alterare uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, incurrirá en privación de libertad de uno a seis años.

ARTICULO 199°.- (FALSEDAD IDEOLOGICA).
El que insertare o hiciere insertar en un instrumento público verdadero declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio, será sancionado con privación de libertad de uno a seis años.

En ambas falsedades, si el autor fuere un funcionario público y las cometiere en el ejercicio de sus funciones, la sanción será de privación de libertad de dos a ocho años.


Policía intercepta a dos camiones con contrabando

Efectivos de la Policía interceptaron este lunes a dos camiones con contrabando que transitaban por la carretera entre Viacha y El Alto, logrando la aprehensión de cinco personas, informó el subcomandante nacional, coronel Agustín Moreno.

Según el reporte, los policías capturaron a los camiones entre Viliroco y San Martín, y luego interceptaron a una vagoneta que levantó sospechas. El coronel Moreno indicó que este tercer vehículo tenía la función de encubrir el movimiento de los motorizados de alto tonelaje.                

Entre los aprehendidos hay tres varones y dos mujeres, quienes serán puestos a disposición de la justicia. 

Según el coronel, los detenidos indicaron que en uno de los camiones se trasladaba forzadas y en el otro ropa nueva. Se convocó a la Aduana para que proceda con el decomiso de los productos ilegales.

COBERTURA EL ALTO: EDWIN APAZA

Fuente.

Análisis Legal
CÓDIGO TRIBUTARIO BOLIVIANO - Aprobado por Ley 2492 de 02/08/2003

ARTÍCULO 181° (Contrabando).

Comete contrabando el que incurra en alguna de las conductas descritas a continuación:

a)

Introducir o extraer mercancías a territorio aduanero nacional en forma clandestina o por rutas u horarios no habilitados, eludiendo el control aduanero. Será considerado también autor del delito el consignatario o propietario de dicha mercancía.

b)

Realizar tráfico de mercancías sin la documentación legal o infringiendo los requisitos esenciales exigidos por normas aduaneras o por disposiciones especiales.

c)

Realizar transbordo de mercancías sin autorización previa de la Administración Tributaria, salvo fuerza mayor comunicada en el día a la Administración Tributaria más próxima.

d)

El transportador, que descargue o entregue mercancías en lugares distintos a la aduana, sin autorización previa de la Administración Tributaria.

e)

El que retire o permita retirar de la zona primaria mercancías no comprendidas en la Declaración de Mercancías que ampare el régimen aduanero al que debieran ser sometidas.

f)

El que introduzca, extraiga del territorio aduanero nacional, se encuentre en posesión o comercialice mercancías cuya importación o exportación, según sea el caso, se encuentre prohibida.

g)

La tenencia o comercialización de mercancías extranjeras sin que previamente hubieren sido sometidas a un régimen aduanero que lo permita.

El contrabando no quedará desvirtuado aunque las mercancías no estén gravadas con el pago de tributos aduaneros.

Las sanciones aplicables en sentencia por el Tribunal de Sentencia en materia tributaria, son:

I.

Privación de libertad de cinco (5) a diez (10) años, cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía decomisada sea superior a UFV's 50.000.- (CINCUENTA MIL 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA). 

Se agravará la sanción penal en una mitad si el delito fuere cometido por Servidores Públicos.

II.

Comiso de mercancías. Cuando las mercancías no puedan ser objeto de comiso, la sanción económica consistirá en el pago de una multa igual a cien por ciento (100%) del valor de las mercancías objeto de contrabando.

III.

Comiso de los medios o unidades de transporte o cualquier otro instrumento que hubiera servido para el contrabando, excepto de aquellos sobre los cuales el Estado tenga participación, en cuyo caso los servidores públicos estarán sujetos a la responsabilidad penal establecida en la presente Ley, sin perjuicio de las responsabilidades de la Ley 1178. Cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía sea igual o menor a UFV's 50.000.- (CINCUENTA MIL 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA), se aplicará la multa del cincuenta por ciento (50%) del valor de la mercancía en sustitución del comiso del medio o unidad de transporte.

Cuando las empresas de transporte aéreo o férreo autorizadas por la Administración Tributaria para el transporte de carga utilicen sus medios y unidades de transporte para cometer delito de Contrabando, se aplicará al transportador internacional una multa equivalente al cien por ciento (100%) del valor de la mercancía decomisada en sustitución de la sanción de comiso del medio de transporte. Si la unidad o medio de transporte no tuviere autorización de la Administración Tributaria para transporte internacional de carga o fuere objeto de contrabando, se le aplicará la sanción de comiso definitivo.

IV.

Se aplicará la sanción accesoria de inhabilitación especial, sólo en los casos de contrabando sancionados con pena privativa de libertad.

Cuando el valor de los tributos omitidos de la mercancía objeto de contrabando, sea igual o menor a UFV's 50.000.- (CINCUENTA MIL 00/100 UNIDADES DE FOMENTO A LA VIVIENDA), la conducta se considerará contravención tributaria debiendo aplicarse el procedimiento establecido en el Capítulo III del Título IV del presente Código.

V.

Quienes importen mercancías con respaldo parcial, serán procesados por el delito de contrabando por el total de las mismas.


Conductores en estado de ebriedad ahora podrían recibir hasta 15 años de cárcel



A través de un nuevo decreto, se están endureciendo las sanciones contra los conductores que sean encontrados en estado de ebriedad.

Los conductores en estado de ebriedad que provoquen la muerte o lesiones graves a una víctima, podrían recibir una pena privativa de libertad que va desde los cuatro hasta los 15 años, informó el director Departamental de Tránsito, Transporte y Viabilidad, Sadid Ávila Vargas.

A través de un nuevo Decreto, se están endureciendo las sanciones contra los conductores que sean encontrados en estado de ebriedad.

Ahora cualquier conductor podría ir a la cárcel en corto tiempo, por estas nuevas disposiciones nacionales, ya que los procesos serán abreviados.

En caso de que la infracción sea cometida por primera vez, la sanción sería que se suspenda su licencia por el periodo de tres años, anteriormente se privaba de la licencia cuando el caso era por primera vez y era suspendida por el lapso de un año.

Aquellos conductores que sean reincidentes en conducir bajo los efectos del alcohol, podrían además recibir la pena de cárcel.

"Tenemos la obligación nosotros (como tránsito) de pasar a conocimiento del fiscal, y el fiscal hacia el juez, el juez pues es el que va a valorar eso e inmediatamente en un proceso corto pues va a determinar la sanción correspondiente que puede ser cárcel desde seis meses hasta cuatro años", dijo Ávila.

"En caso de que (en un accidente) exista muerte de persona, o daños personales o lesiones graves, pues la sanción ahora se ha incrementado (y van) desde cuatro a 15 años de cárcel, esto se va a dar en aquellos casos flagrantes, cuando nosotros encontremos de forma flagrante manejando o conduciendo un vehículo en estado de ebriedad", concluyó

Fuente.

Vecinos muestran recelo por préstamos de colombianos

Colombianos recorren varias zonas de las laderas de la ciudad de La Paz, pero vecinos señalan que no acuden a ellos porque ese dinero viene del narcotráfico.
Vecinos muestran recelo por préstamos de colombianos
Esta es la tarjeta que un colombiano entregó a una vecina. Foto: Alexis Demarco / Página Siete

lunes, 21 de mayo de 2018 · 00:16

Pamela Pomacahua /  La Paz

"CREDIYA. Prestamos al instante", se lee en la tarjeta blanca con letras color azul que recibió Herminia (nombre ficticio) de un muchacho de acento extranjero que "hablaba rápido". La mujer es propietaria de una pequeña carnicería en la zona Norte de la ciudad de La Paz, una de las laderas de la sede de Gobierno que se beneficia de programas de reconstrucción de barrios a cargo de la Alcaldía de La Paz.

Herminia vende carne en pequeñas cantidades y sus compradores son los mismos vecinos que habitan en este cinturón popular en las barriadas paceñas. Gracias a los medios de comunicación, la comerciante minorista aseguró que no se prestó dinero de estos extranjeros porque escuchó que "es plata que viene del narcotráfico". 

"Yo no me atreví ni a llamar porque escuché por los medios de comunicación que son colombianos  y que te cobran con un porcentaje mucho más que los bancos para pagar los intereses", expresó la mujer. Hace un mes, un joven  bajó de una motocicleta, mientras su acompañante esperaba con el motor encendido. Se aceró a la mujer y le dio la tarjeta de contacto.   

Página Siete llamó al número que figura en la tarjeta, pero éste ya está desconectado.

Los colombianos dejaron su tarjeta en diferentes tiendas  de barrio y a los negocios de comida. Una de ellas fue  Inés Poma, quien  vende comida en la avenida 9 de abril. Ésta contó que un joven con casco de motocicleta entró a su tienda y le dijo que si quería dinero rápido sólo debía llamar al número que estaba en la tarjeta. "Cuando me dio la tarjeta, me asusté porque escuché que si no pagas te cobran a la fuerza y de paso te golpean o te despojan de tus bienes y dinero, por eso dije: 'no gracias'".

La Policía explicó que estos préstamos "de colombianos" son con tasas de interés de hasta el 40%, pero uno de los objetivos es el despojo de bienes y dinero de víctimas del denominado préstamo "gota a gota" que se originó en Colombia y se  extendió como red ilegal a otros países, entre ellos, Bolivia. 

Según  la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), el dinero viene del narcotráfico y luego los colombianos lo prestan a las personas que lo necesitan. 

Acciones policiales

  • Operativo.- Hace tres semanas, efectivos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de La Paz realizaron un operativo en un domicilio de la avenida Busch para investigar a un colombiano sospechoso, pero éste ya había escapado del lugar. La Policía encontró tres hojas con nombres y números de celular y en el cabezote de la hoja decía "deudores", además de fotocopias de cédulas de identidad. 
     
  • Aprehendidos.- La Policía  realizó diferentes operativos, el último en abril, en el que atraparon  a nueve ciudadanos colombianos, entre ellos dos mujeres, dedicados a préstamos de "goteo". Éstos tienen sus papeles de ingreso a Bolivia en orden, pero se los detuvo tras conocerse su actividad.
Fuente.

Análisis legal básico sobre este tipo de delito.

Código Civil:

Artículo 409 del Código Civil puntualiza que el denominado interés convencional (que es convenido entre las partes) no puede exceder del 3 por ciento mensual, por lo que cualquier monto superior a esta cifra se considera como usura.

El artículo 410 de este mismo código considera interés no solo al acordado con ese nombre sino también a todo recargo, porcentaje, comisión o excedente sobre la cantidad principal.

Codigo Penal:

* La usura agravada, según el artículo 361 del Código Penal, señala que la sanción de usura será agravada en una mitad en los siguientes casos:

- Si el autor fuere prestamista o comisionista, usurero profesional o habitual.

- Cuando se hubiere empleado cualquier artificio o engaño para obtener el consentimiento de la víctima.

- Si el hecho fuere encubierto mediante otras formas de contrato, aun a manera de cláusula penal que fije los intereses respectivos.

- Si el hecho constituyere alguna de las formas de anatocismo (interés compuesto).
 

Operativos en “barrios chinos” termina con varios detenidos


La Policía realizó el jueves operativos en los denominados "barrios chinos" de El Alto y La Paz, además en la zona Sur, en los cuales logró el secuestro de cientos de teléfonos celulares presuntamente robadas y la captura de varios comercializadores.        

El viceministro de Régimen Interior, José Luis Quiroga, señaló que para estos operativos se apuntó a los "albertos", es decir, los receptores de los objetos robados y que los ponen a la venta.

La autoridad dijo que en total hay más de 400 celulares secuestrados, además de prendas de vestir nuevas, productos que son de dudosa procedencia.

En el caso de La Paz, el director de la fuerza anticrimen, coronel Jhonny Aguilera indicó que se aprehendió a 18 personas en el "barrio chino" de la zona Rosario.

Asimismo, el coronel Aguilera señaló que se secuestraron 101 celulares en el operativo en el "barrio chino" paceño, y 225 en comercios de la zona Sur.

En El Alto, el subdirector de la fuerza anticrimen, coronel Freddy Medinaceli, indicó la noche del jueves que en el "barrio chino" de esa ciudad se arrestó a 86 personas, de los cuales cinco serían remitidos a instancias judiciales.

El coronel Aguilera pidió a los comunicantes de objetos usados que eviten vender productos de dudosa procedencia, y a la misma población que no compre estos objetos, para no fomentar la delincuencia.

Fuente.

Código  Penal (CPP)en su artículo 172.

La norma penal establece en el caso de quienes cometan delito de recepción:


"El que después de haberse cometido un delito ayudare a alguien a asegurar el beneficio o resultare del mismo o recibiere, ocultare, vendiere o comprare a sabiendas los instrumentos que sirvieron para cometer el delito o las cosas obtenidas por medios criminosos, será sancionada con reclusión de seis meses a dos años. Quedare exento de pena el que encubriere a sus ascendientes, descendientes o consortes", establece la norma.


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