martes, 2 de abril de 2019

Arrestan-a-35-menores-de-edad-en-fiestas-clandestinas
Ref. Fotografia: Imagen Ilustrativa. Foto: Cadena SER

El director de Espectáculos Públicos de la Alcaldía de Sucre, Fernando Villca, informó el lunes que 35 menores de edad fueron arrestados en estado de ebriedad tras ser encontrados en tres fiestas, de las cuales dos eran clandestinas.

"Un total de 35 menores de edad en estado de ebriedad fueron arrestados y remitidos a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, dos de las tres fiestas eran clandestinas", informó a los periodistas.

Villca dijo que esa instancia realizó un operativo en coordinación con la Policía.

Precisó que en inmediaciones del barrio Loyola se arrestaron a 31 menores ebrios y en calle 29 de Septiembre a otras tres personas en el mismo estado, mientras que otra menor de 17 años fue arrestada, pero el local de diversión donde se encontraba contaba con autorización de funcionamiento.

"Al haber certificado que la menor tenía 17 años y estaba en estado de ebriedad, realizamos el desalojo de esta persona y la fiesta fue suspendida de inmediato", agregó.


Ley Nº 259, de 11 de julio de 2012, de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas

ARTÍCULO 15. (CONTROL EN LA COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS).

Queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas a toda persona, en los siguientes casos:

  1. En vía pública.

  2. En espacios públicos de recreación, paseo y en eventos deportivos.

  3. En espectáculos públicos de concentración masiva, salvo autorización de los Gobiernos Autónomos Municipales.

  4. En establecimientos de Salud y del Sistema Educativo Plurinacional, incluidos los predios Universitarios, tanto públicos como privados.5. Al interior de vehículos automotores del transporte público y/o privado.

La Policía Boliviana queda encargada del control de las prohibiciones establecidas en el presente Artículo.

  1. Queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad, sujeto a sanciones previstas en la presente Ley.

  2. Los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, estarán obligados a exigir el documento de identificación original, que permita comprobar la mayoría de edad. En caso de prescindir de esta medida se procederá a la sanción correspondiente del establecimiento de expendio.

  3. Queda prohibido el ingreso de personas en estado de embriaguez a establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas.

  4. Se prohíbe el ingreso de menores de 18 años de edad, a lugares de expendio de bebidas alcohólicas, sujeto a sanción prevista en la presente Ley.

Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, en compañía de menores de 18 años de edad, en establecimientos de acceso público, salvo en casos de degustación y/o acompañamiento de alimentos. En ningún caso será admisible alcanzar el estado de embriaguez sujeto a la sanción establecida en la presente Ley.

Se prohíbe el tránsito peatonal en notorio estado de embriaguez en vía pública en compañía de menores de 18 años de edad.


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