martes, 31 de diciembre de 2019

La Personalidad Jurídica es el reconocimiento que otorga el Estado a todas las organizaciones del país (Asociaciones, Juntas Vecinales, Urbanizaciones, Comunidades, ONGs, Fundaciones, Federaciones, Cooperativas, entre otros), para que las mismas puedan adquirir derechos y contraer obligaciones y que estas generen responsabilidades frente a sí mismos y frente a terceros.
Se puede decir que la Personalidad Jurídica es el Certificado de Nacimiento de estas organizaciones, la que acredita su existencia legal en el país.
Requisitos para Nuevas Asociaciones
  1. Nota o Memorial de solicitud de Otorgación de Personalidad Jurídica, dirigido al Sr. Gobernador del Departamento de La Paz, firmado por la mayoría del Directorio o por el apoderado.
  2. Certificado de aprobación de Nombre en Original Poder
  3. Especial del representante Legal y/o abogado, otorgado por el Directorio en pleno, con la transcripción del acta de elección y Posesión del directorio actual.
  4. Acta de Fundación notariada que contemple domicilio, nombres, numero de cedula de identidad y firma de los fundadores.
  5. Acta de Elección y Posesión del Directorio, especificando el tiempo de gestión del Directorio, firmada por la Asamblea de Asociados con el nombre completo y número de cédula de identidad.
  6. Estatuto Orgánico Original y Reglamento Interno: ambos firmados por el Directorio.
  7. Acta de Aprobación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, firmado por el directorio y por los asociados.
  8. Lista de asociados con un mínimo de 15 asociados.
  9. Fotocopias de cédula de identidad (firmado)
  10. Un CD con la transcripción de actas, estatuto, reglamento y la lista de asociados en formato Word.
Requisitos para la Actualización, Modificación y Cambio de Nombre de Asociaciones
  1. Nota o memorial de solicitud dirigida al Sr. Gobernador del Departamento de La Paz, firmado por el Directorio o el apoderado.
  2. Adjuntar Certificado de Aprobación de nombre (solo en caso de modificación de nombre).
  3. Poder Especial, otorgado por el Directorio en pleno, debiendo de transcribirse el Acta de Elección y Posesión del directorio vigente.
  4. Acta de Elección y Posesión del Directorio, debe especificar el tiempo de gestión del Directorio, firmada por la Asamblea de Asociados con el nombre completo y número de cedula de identidad.
  5. Acta de Decisión de Modificar el Estatuto, Reglamento y/o Cambio de Nombre, aprobado por la asamblea de asociados conforme a sus estatutos, firmado por los asociados.
  6. Original o Copia legalizada de la Resolución Prefectural de Reconocimiento de Personalidad Jurídica (anterior).
  7. Estatuto Orgánico y Reglamento Modificado, con firma del Directorio.
  8. Acta de Aprobación de Estatuto y Reglamento, señalando de manera clara las modificaciones realizadas, firmado por el Directorio y asociados.
  9. Lista de asociados y Fotocopias de Cédula de identidad, vigentes y firmados
  10. Un CD con la transcripción de actas, estatuto, reglamento, listas en formato Word.
Requisitos para Nuevas Urbanizaciones y Juntas de Vecinos
  1. Nota o Memorial de solicitud dirigido al Señor Gobernador del Departamento de La Paz, firmada por el Directorio.
  2. Acta de Fundación, legalizada por el Presidente de la Junta de Vecinos.
  3. Actas de Elección y Posesión, legalizada por el Presidente de la Junta de Vecinos.
  4. Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, firmado por el Directorio.
  5. Acta de Aprobación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno firmado por Directorio.
  6. Certificación de Vida Orgánica, emitida por la FEJUVE o Ente Matriz.
  7. Resolución Municipal u Ordenanza Municipal en original o copia legalizada apruebe la Planimetría y/o reconozca a la Urbanización o Junta Vecinal.
  8. Planimetría Aprobada o Plano Visado, en fotocopia legalizada.
  9. Fotocopia de Cédulas de Identidad y Fotocopias de Credenciales del Directorio.
  10. Un CD con la transcripción Actas, Estatuto, Reglamento y Lista de afiliados en formato Word.
Requisitos para Comunidades, Interculturales y otros
  1. Nota o Memorial de solicitud dirigido al Señor Gobernador del Departamento de La Paz, firmada por el Directorio.
  2. Acta de Fundación, en fotocopia legalizada por la máxima autoridad de la Comunidad.
  3. Actas de Elección y Posesión, en fotocopia legalizada por la máxima autoridad de la Comunidad.
  4. Actas de Conformidad o Certificación de las Comunidades colindantes.
  5. Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, ambos firmados por la Directiva.
  6. Acta de Aprobación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno en original, firmado por el Directorio y todos los afiliados.
  7. Certificación de Vida Orgánica, emitido por el Ente Matriz en original.
  8. Resolución Municipal u Ordenanza Municipal en original o copia legalizada que reconozca la existencia de la Comunidad.
  9. Lista de afiliados (nombres, Nº de Cédula de Identidad y firmas)
  10. Fotocopia de C.I. de afiliados (firmado y vigente)
  11. Inspección Ocular a la Comunidad
  12. Un CD con la transcripción de Actas, Estatuto, Reglamento y Lista de afiliados en formato Word.
  13. Para la otorgación de la personalidad jurídica a una comunidad nueva, la misma deberá contar con un mínimo de 20 afiliados, que será verificada a través de una inspección ocular.
Requisitos para Sub Centrales, Centrales Agrarias, Ayllus y Markas (Conozca más)
  1. Nota o Memorial de solicitud dirigido al Señor Gobernador del Departamento de La Paz, firmada por el Directorio.
  2. Acta de Fundación, que contenga los nombres de las Comunidades, Sub Centrales, Centrales, Sindicatos Agrarios, firmada y legalizada por la Autoridad de la Central o el Ejecutivo.
  3. Acta de Elección y Posesión del Directorio, en fotocopia legalizada por el Central o el Ejecutivo.
  4. Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, ambos en original firmados por la Directiva.
  5. Acta de Aprobación del Estatuto Orgánico y Reglamento Interno, firmado por el Directorio y por los directorios de Comunidades, Sub Centrales o Centrales, Sindicatos Agrarios afiliadas. (Legalizada por el Central o Ejecutivo).
  6. Certificación de Vida Orgánica, emitido por el ente Matriz en original.
  7. Lista de los dirigentes de las Comunidades o subcentrales, centrales, sindicatos agrarios afiliadas.
  8. Fotocopias simples de Cedulas de identidad vigentes.
  9. Fotocopias de credenciales del directorio.
  10. Un CD con transcripción de actas, Estatuto, Reglamento y la Lista de afiliados en formato Word.
Requisitos para la Actualización, Cambio de Nombre y/o de Jurisdicción de Juntas de Vecinos, Comunidades, Sub Centrales, Markas
  1. Nota o Memorial dirigido al Sr. Gobernador del Departamento de La Paz, firmado por el Directorio.
  2. Acta de Elección y Posesión del Directorio, firmado por el Directorio.
  3. Acta de Decisión de Modificar el Estatuto, Reglamento y/o Cambio de Nombre y cambio de jurisdicción, aprobado en Asamblea General de las organizaciones sociales y firmadas por el Directorio.
  4. Original de Reconocimiento de Personalidad Jurídica de las Comunidades o Centrales afiliados (anterior), o copia simple (en este caso adjuntar declaración jurada notarial señalando la autenticidad).
  5. Estatuto Orgánico y Reglamento Interno modificado, original firmada por el Directorio.
  6. Acta de Aprobación de Estatuto y Reglamento, aclarando las modificaciones realizadas y firmada por el directorio.
  7. Adjuntar una Lista de los afiliados en fotocopia simple.
  8. Adjuntar fotocopias de Cédulas de identidad vigentes.
  9. Un CD con transcripción de las actas, Estatuto, Reglamento, lista en formato Word.
Fuente (2017)
En todos los casos, la información oficial debe ser consultada en el Gobierno Departamental de La Paz.
Si requiere apoyo jurídico, escribanos por inbox.

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